¿Es constitucional que un afiliado al sistema privado de pensiones pueda acceder hasta el 95,5% de los fondos de su cuenta individual de capitalización?
Resumen
Mediante el presente artículo, la Comisión de Investigación del Equipo de Derecho Mercantil realiza una aproximación al Sistema Privado de Pensiones en el Perú, las principales modificaciones introducidas por la Ley 30425 y, finalmente, se analiza la constitucionalidad de la disposición que permite que el afiliado pueda acceder hasta el 95,5% de sus fondos.
Palabras clave
seguridad social; sistema privado de pensiones; cuenta individual de capitalización; fondos privados
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