¿Riesgo de confusión o riesgo de complicación?

  • Gonzalo Barreda Estudio Barreda Moller

    Socio del estudio Barreda Moller. Banda 4 en Chambers and Partners. Abogado por la Universidad de Lima. LL.M. por la Universidad George Washington. Miembro de la Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI), Asociación Peruana de la Propiedad Industrial (APPI) y la Asociación Internacional de Marcas (INTA).

Palabras clave: Cartas de consentimiento, Coexistencia de marcas, Marcas, Protección al consumidor, Cancelación de marcas, Regulación

Resumen

El artículo será una crítica a nuestra legislación marcaria, la cual, en búsqueda de una protección al consumidor, en la práctica inexistente, ignora los deseos de los titulares marcarios, generando así litigios y costos innecesarios para todas las partes incluyendo la propia Autoridad. La legislación actual obliga a la Autoridad a denegar de oficio el registro de marcas que son consideradas, a criterio de la Autoridad, confundibles con marcas anteriormente registradas, lo que ocurre aun cuando el propio titular de la marca siendo “protegida” no considera que la marca solicitada afecta sus derechos. Esto es problemático porque, en primer lugar, genera consecuencias negativas innecesarias, por ejemplo, se obliga a las partes a iniciar litigios que no se desean, se afectan las inversiones, pues las marcas se registran para ser usadas, por lo que una marca innecesariamente denegada implica la demora en el ingreso al mercado de un negocio, o genera desinterés en el empresario que iba a entrar al mercado peruano y se evita que se pueda optar por formas alternativas de solución de conflictos, como un arbitraje. En segundo lugar, la finalidad que justificaría dichas consecuencias negativas, la protección al consumidor, no se logra en la realidad pues, por ejemplo, la marca denegada igual podrá existir en el mercado, autorizada por el titular de la marca registrada (la marca en base a la cual la Autoridad, de oficio, denegó el registro de la marca).

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Cómo citar
Barreda, G. (2023). ¿Riesgo de confusión o riesgo de complicación?. Revista De Actualidad Mercantil, (7), 183-196. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/actualidadmercantil/article/view/27201