TY - JOUR AU - Oscar Ítalo Quijano Caballero PY - 2016/08/02 Y2 - 2024/03/28 TI - La salud: Derecho Constitucional de carácter programático y operativo JF - Derecho & Sociedad JA - D&S VL - 0 IS - 47 SE - Derechos Humanos DO - UR - https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/18893 AB - El derecho a la salud es un derecho universal de segunda generación clasificado en el conjunto de los derechos sociales, económicos y culturales de la humanidad siendo aceptado en el mundo por su carácter programático. A punto de llegar a los cien años de ese reconocimiento, su carácter de derecho operativo, exigible y tutelable o subjetivo constitucionalmente reconocido se ha venido consolidando gracias al desarrollo de la jurisprudencia de los tribunales constitucionales; posteriormente a ese fenómeno jurídico, en nuestro país, se regula su exigibilidad vía proceso de amparo en el Código Procesal Constitucional y se amplía su protección, en ambos ámbitos, con las facultades asignadas al órgano regulador y fiscalizador del sector salud a nivel nacional, de potestad administrativa sancionadora.  ER -