[1]
A. Petrucci, «Los Contratantes no deben ser engañados. (Neque enim decipi debent contrahentes). Precisiones acerca de la tutela de los Contratantes con una empresa, en el derecho Romano tardío republicano y del principad»o, D&S, n.º 22, pp. 30-36, abr. 2004.