1.
Los Contratantes no deben ser engañados. (Neque enim decipi debent contrahentes). Precisiones acerca de la tutela de los Contratantes con una empresa, en el derecho Romano tardío republicano y del principado. D&S [Internet]. 25 aprile 2004 [citato 18 settembre 2026];(22):30-6. Disponibile su: https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/16761