1.
La denegatoria de personalidad jurídica a la asociación de swingers es perfectamente constitucional, y coincidente con el orden público de nuestro Derecho de Familia. FORO. 2004;(03):278-279. Accedido octubre 22, 2026. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/view/18369