«La denegatoria de personalidad jurídica a la asociación de swingers es perfectamente constitucional, y coincidente con el orden público de nuestro Derecho de Familia». Foro Jurídico, n.º 03, mayo de 2004, pp. 278-9, https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/view/18369.