El futuro del arbitraje deportivo en Europa, después del caso Seraing
DOI:
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202601.005Palabras clave:
Arbitraje Deportivo, Tribunal Arbitral du Sport (TAS), Tutela Judicial Efectiva, Orden Público Europeo, FIFA, Derecho de la Unión Europea, Unión EuropeaResumen
La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) el 1 de agosto de 2025 en el caso R.F.C. Seraing v. Fédération Internationale de Football Association (FIFA) volvió a poner en primer plano el debate acerca de la compatibilidad del arbitraje deportivo con las exigencias del derecho de la Unión Europea, en particular con el principio de tutela judicial efectiva. El pronunciamiento cuestiona la suficiencia del control judicial ejercido sobre los laudos del Tribunal Arbitral du Sport cuando dicho control es realizado por tribunales de Estados no miembros de la Unión, respecto de controversias relacionadas a la práctica del deporte como actividad económica desarrollada en territorio de la Unión. El trabajo examina los fundamentos del fallo, la opinión de la abogada general del TJUE, su inserción en la línea jurisprudencial del Tribunal en materia de arbitraje deportivo y las consecuencias de la sentencia para el sistema de resolución de disputas deportivas. Se sostiene que el Tribunal no deslegitima el arbitraje deportivo ni impone un control judicial amplio sobre los laudos, sino que exige la existencia de un control limitado, circunscripto a las cuestiones de orden público europeo, como condición para garantizar la efectividad de los derechos reconocidos por el derecho de la Unión Europea.


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