El «derecho al olvido» en el derecho a la protección de datos. Con especial referencia a su vigencia en Internet

  • Oscar R. Puccinelli Universidad Nacional de Rosario

    Doctor en Derecho Constitucional (Universidad de Buenos Aires) y doctor honoris causa en diversas universidades peruanas. Profesor de Derecho Constitucional y de Derecho Procesal Constitucional y Transnacional en las Facultades de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario y de la Pontificia Universidad Católica Argentina de Rosario. Juez de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.

Palabras clave: Olvido, Memoria, Bancos de datos, Internet, Informaciones perjudiciales, Caducidad del dato negativo

Resumen

El «derecho al olvido» pretende erigirse como una herramienta concedida a las personas que se ven perjudicadas por la permanencia sine die de información propia tanto en bancos de datos llevados por particulares o por el Estado (p.ej. las centrales de riesgo o los registros de reincidencia), como también en Internet (que por efecto de los buscadores la convierte en «el» banco de datos). Con este nuevo derecho se pretende conceder a quien se ve perjudicado por informaciones vetustas la posibilidad de evitar que esos datos puedan ser de conocimiento masivo, emulando esa característica (¿in?) capacidad de olvidar propia de los seres humanos, que por sus naturales efectos permite la reinserción social de quienes tuvieron experiencias negativas en ese pasado lejano.

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