El derecho a la libertad de expresión artística en el Estado constitucional cultural

  • Néstor Daniel Loyola Ríos Pontificia Universidad Católica del Perú

    bogado por la Universidad Nacional de Trujillo. Segunda Especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado en la Adjuntía en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo. Autor de diversos artículos en materia constitucional. Correo electrónico: nestorloyola5@gmail.com

Palabras clave: Libertad de expresión, arte, cultura, irreverencia, sátira

Resumen

Este trabajo de investigación aborda el tratamiento del derecho a la libertad de expresión que se ejercita a través de las modalidades artísticas, como son las caricaturas, las parodias, la pintura, el cine, la música, los poemas, entre otras. De esta manera, rompe con la concepción clásica de dicha libertad que la identifica como una garantía que permite la libre difusión de ideas y opiniones efectuadas en forma oral o escrita, ya que se inserta en un nuevo escenario que implica concebirla como una auténtica manifestación de cultura en nuestro Estado constitucional.
Así, la persona, en tanto actor eminentemente crítico y reflexivo de su realidad, exterioriza sus pensamientos y sentimientos mediante el uso de un lenguaje o comportamiento expresivo abstracto, satírico y heterodoxo, con el fin de contribuir en la culturización y educación de la sociedad mediante las artes.
Por eso, el presente estudio tiene como propósito construir el contenido de este derecho, del cual se desprende a su vez la existencia de un derecho implícito a la irreverencia, atendiendo a la razón de ser del arte. También pretende establecer determinados criterios interpretativos para orientar a una adecuada solución de aquellas colisiones entre la libertad de expresión artística y otros derechos fundamentales, a partir de la experiencia judicial comparada en Colombia, Estados Unidos, Alemania y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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