¿Es Posible la Compensación Bancaria en Cuentas de Haberes? ¿Quién Gana y quién Pierde con la decisión de INDECOPI?
Resumen
El artículo comenta la Resolución N° 0199-2010/sC2-iNdeCOPi, que sancionó a una entidad financiera por efectuar compensaciones entre las deudas vencidas de sus clientes y los depósitos en cuentas de pago de haberes de los mismos. Para los autores, el iNdeCOPi habría efectuado una interpretación sistemática inadecuada de la Ley N° 26702 (Ley General del sistema Financiero), el Código Civil y el Código Procesal Civil. La opinión de los autores es que los depósitos en cuenta de pago de haberes no pueden ser considerados remuneraciones y debe permitirse por tanto el derecho de Compensación reconocido como un derecho de las entidades financieras por la Ley N° 26702. Los autores consideran además que el criterio seguido por el iNdeCOPi afectaría a los consumidores que busca proteger, siendo que su aplicación restringiría el accesoal crédito y elevaría la tasa de interés.Descargas
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Publicado
2011-11-01
Cómo citar
Ezcurra Rivero, H., & Valencia - Dongo, A. (2011). ¿Es Posible la Compensación Bancaria en Cuentas de Haberes? ¿Quién Gana y quién Pierde con la decisión de INDECOPI?. Revista De Derecho Administrativo, (10), 51–56. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13676
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Sección
Protección al Consumidor
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Derechos de autor 2016 Revista de Derecho Administrativo

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