La buena administración contractual y el contratista como colaborador de la administración

  • Juan Carlos Morón Urbina Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogado por la Universidad San Martín de Porres. Maestría en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Directivo de la Asociación Peruana de Derecho Administrativo. Profesor de diversos cursos de derecho administrativo a nivel de pregrado y Maestrías en las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, de San Martin de Porres, y en la Universidad de Piura. Socio del Estudio Echecopar. Juancarlos. moron@echecopar.com.pe

Palabras clave: Contratista estatal, Colaboración con la administración, Contratación administrativa, buena fe contractual

Resumen

Desde los orígenes del contrato administrativo se le ha venido a denominar al contratista como un colaborador de la administración. A partir de ello, el presente artículo plantea reflexiones sobre los verdaderos alcances de esa calificación, las principales distorsiones que se le ha dado por el ejercicio autoritario de las potestades administrativas y también se plantea redescubrir sus consecuencias para que el contrato pese a la presencia importante de las prerrogativas de la administración se mantenga dentro de los límites de la buena fe contractual y la mutua colaboración.

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Cómo citar
Morón Urbina, J. C. (2019). La buena administración contractual y el contratista como colaborador de la administración. Revista De Derecho Administrativo, (18), 13-34. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/22855