Delegación de competencias y compliance penal: un estudio sobre la transferencia y transformación de los deberes (de vigilancia) en el derecho penal económico
Resumen
Suele definirse la delegación como aquella técnica a través de la cual el delegante se descarga de funciones y competencias iniciales, traspasándolas al delegado y produciendo con ello una transformación de las esferas de responsabilidad individual tanto del primero como del segundo. En la delegación, la posición de garante del delegado se correspondería con la responsabilidad por autoría con respecto al resultado no evitado, mientras que la responsabilidad del delegante sería la propia de la participación delictiva. El empresario, por tanto, no extinguiría su posición de garante, sino que la modificaría, de modo que los deberes de control y evitación de sucesos lesivos se conviertan en deberes de supervisión y vigilancia de la labor del delegado.
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