Alcances de la presunción de licitud en el procedimiento administrativo sancionador

  • Roberto Baca Merino Investigador Independiente

    Máster en Administración y Gerencia Pública por la Universidad de Alcalá, Abogado por la Universidad de Piura. Especialista en Derecho Administrativo y Gestión Pública. Se ha desempeñado como Asesor, Jefe de Asesoría Jurídica, Secretario Técnico y Supervisor en diversas entidades públicas, así como docente universitario en pre y post grado en materia de Derecho Administrativo, Procesal Administrativo y Regímenes Disciplinarios. Contacto: rbacamerino@gmail.com

Palabras clave: Presunción de licitud, Potestad sancionadora, Procedimiento administrativo sancionador, In dubio pro administrado, Valoración probatoria

Resumen

El presente artículo explica y analiza los alcances de la presunción de licitud en el marco del ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración Pública, desde su vinculación y sustento con la presunción de inocencia, así como sus efectos en el desarrollo de los procedimientos administrativos sancionadores, con especial incidencia en la carga de la probanza de los hechos y la participación del presunto infractor en los mismos. Se contempla su aplicación en los procedimientos especiales considerando la suficiencia de la actividad probatoria requerida para desvirtuar los efectos de la presunción inicial a favor del administrado.

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Cómo citar
Baca Merino, R. (2020). Alcances de la presunción de licitud en el procedimiento administrativo sancionador. Derecho & Sociedad, 1(54), 267-276. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/22419