El inicio de la vida humana ante el escenario planteado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Autores/as

  • Silvio Mezarina García Universidad Nacional Mayor de San Marcos

    Abogado y Magister en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Profesor contratado de Derecho Internacional en
    la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM. Asesor legal de la Oficina de Derecho internacional público del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Palabras clave:

Derechos humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos, embrión in vitro, vida humana, dignidad

Resumen

El presente artículo analiza los argumentos utilizados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Corte IDH”) en el caso Artavia Murillo y otros Vs. Costa Rica respecto a la adopción de la teoría de la anidación, señalando la falta de consistencia de los mismos con el grado de protección que merecería un derecho tan esencial como la vida y con los descubrimientos científicos sobre la materia (en particular, los estudios sobre ADN).
Por lo tanto, las decisiones del Tribunal Constitucional peruano (TC) respecto del nasciturus, preservarían la idea de dignidad del ser humano, tal como establece la Constitución vigente del Perú, así como protegerían la armonía de nuestro Derecho. Así, las resoluciones del aludido TC brindarían garantías al nasciturus y al embrión obtenido in vitro que el sistema interamericano de Derechos Humanos habría dejado de brindar.
Para darle cabida al concepto de concepción - tal como lo ha entendido la Corte IDH - se necesitaría una reforma del artículo 2 numeral 1 de la Constitución**, activando con ello el poder constituyente derivado. Una interpretación por parte de los tribunales nacionales que hiciera eco de lo establecido por la Corte IDH podría desnaturalizar la posición garantista que, hasta el momento, se maneja en el Derecho interno peruano.

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Publicado

2018-07-31

Número

Sección

Sección Especial