¿Existe un tratamiento tributario suficiente para los servicios de streaming brindados por sujetos no domiciliados en el Perú?

  • Mildreth Estephany Carbajal Sanchez Pontificia Universidad Católica del Perú

    Contadora Pública Colegiada de la PUCP.
    Especialización en Tributación por la Universidad de Lima.
    Predocente de la Facultad de Gestión y Alta Dirección.
    mildreth.carbajal@pucp.pe

  • Isabel Sofía Herrera Carrasco Pontificia Universidad Católica del Perú

    Contadora Pública de la PUCP.
    Especialización en Tributación por la Universidad de Lima.
    herrerac.sofia@pucp.pe

Palabras clave: impuesto a la renta, servicios de streaming, no domiciliados

Resumen

Esta investigación busca determinar en qué medida la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) contempla de manera íntegra y suficiente la generación de renta por el uso de los servicios de streaming prestados por empresas no domiciliadas en el Perú, a la totalidad de usuarios en el país. Para ello, se establecieron dos objetivos: determinar si el concepto de los servicios de streaming en la Ley del Impuesto a la Renta es desarrollado de manera adecuada con respecto a los criterios que rigen el comercio electrónico y determinar si es viable gravar el uso de los servicios de streaming prestados por empresas no domiciliadas a la totalidad de los peruanos.

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Cómo citar
Carbajal Sanchez, M. E., & Herrera Carrasco, I. S. (2021). ¿Existe un tratamiento tributario suficiente para los servicios de streaming brindados por sujetos no domiciliados en el Perú?. Revista Lidera, (16), 66-70. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/revistalidera/article/view/24856