Self-cleaning en la contratación pública (consideraciones generales)

  • Jaime Rodríguez-Arana Muñoz Universidad de La Coruña

    Catedrático - Director del Grupo de Investigación en Derecho Público Global de la Universidad de La Coruña. Presidente del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo.
    Doctor en Derecho y catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de La Coruña donde dirige el grupo de investigación de Derecho Público Global y el doctorado internacional de Derecho Administrativo Iberoamericano. Dirige la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y es miembro de la Academia Internacional de Derecho Comparado de la Haya.

Palabras clave: Contratación pública, Anti-corrupción, Derecho Comparado, Compliance, Self-cleaning, Derecho Administrativo

Resumen

La corrupción en las contrataciones con el Estado genera repercusiones negativas en el interés social del Estado democrático. Así, las medidas administrativas a fin de combatirla deben consagrar la protección del interés general. En este sentido, el presente artículo analiza las técnicas de self-cleaning como aplicación de la figura jurídica de la rehabilitación, al amparo del principio de proporcionalidad. Para esto, partirá de las directivas de la Unión Europea y las contrastará con las experiencias norteamericana y del Banco Mundial.

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Cómo citar
Rodríguez-Arana Muñoz, J. (2019). Self-cleaning en la contratación pública (consideraciones generales). Revista De Derecho Administrativo, (18), 251-275. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/22864