La vivienda en la planificación urbanística española
Palabras clave:
Derecho constitucional a la vivienda, Vivienda protegida oficialmente, Principio de participación pública en las plusvalías, Mandato a impedir la especulación del sueloResumen
La vivienda en España es un derecho constitucional establecido en su artículo 47. En consecuencia, la Administración pública debe adoptar las medidas legales oportunas para hacer efectivo ese derecho.
La modalidad aplicada por el Sistema Urbanístico Español se concreta en reservar una parte de las viviendas que el planeamiento prevé en sus actuaciones urbanizadoras a un tipo de vivienda protegida oficialmente a precios tasados inferiores a los de mercado, así como también a la disposición de que una parte del suelo urbanizado para uso residencial se ceda gratuitamente a la Administración para promover vivienda protegida pública.
En el artículo se analizan las características del Sistema, así como la experiencia vivida en los años 98-2007 y el marco jurídico-urbanístico vigente en la actualidad.
