Arbitrabilidad y Orden Público
Resumen
El autor del presente artículo desarrolla de una forma magistral el rol del orden público en el arbitraje y diferencia, lo que erróneamente es confundido, tanto en la teoría como en la práctica, como la “no-arbitrabilidad” de las cuestiones o pretensiones que se presentan, es decir, cuestiones que solo son susceptibles de ser sometidas a la jurisdicción estatal y la -arbitrabilidad relativa- de las cuestiones o pretensiones que se presentan, donde el orden público no obliga al árbitro a declinar su competencia, sino condiciona al árbitro que, al momento de resolverlas, no vulneren el interés general que se intenta proteger.Descargas
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Cómo citar
Caivano, R. J. (2013). Arbitrabilidad y Orden Público. Foro Jurídico, (12), 62-78. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/view/13801
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