Sobre las reglas de abandono en los arbitrajes con el Estado: A propósito del Artículo 50-A de la Ley de Arbitraje

  • Sonia Queija Alvarado Estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría

    Abogada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Abogada asociada del área de solución de controversias del Estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría.

Palabras clave: abandono, caducidad del derecho, inactividad de las partes, arbitraje, contrataciones del Estado

Resumen

En este artículo, la autora analiza el Artículo 50-A de la ley de arbitraje peruana (incorporado por el Decreto de Urgencia N° 020-2020), que regula la figura del abandono para los arbitrajes en los que interviene el Estado. A modo de marco teórico, en primer término, se describe el fundamento y la finalidad del abandono desde su origen procesal. Luego, se analizan los problemas prácticos de la actual redacción del Artículo 50-A y las principales críticas a los vacíos de esta norma. Finalmente, se analiza la utilidad o inconveniencia de incorporar una regla sobre abandono a los arbitrajes bajo el régimen de contrataciones del Estado, atendiendo a las reglas previstas en la Ley de Arbitraje, a las características del arbitraje y a las consecuencias de la conclusión de los arbitrajes por abandono.

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Cómo citar
Queija Alvarado, S. (2020). Sobre las reglas de abandono en los arbitrajes con el Estado: A propósito del Artículo 50-A de la Ley de Arbitraje. Foro Jurídico, (18), 66-81. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/view/23401