Naturaleza jurídica del consentimiento de bienes jurídico-penales: un análisis a la luz de la Constitución

  • Romy Chang Kcomt Estudio Padilla & Chang Abogados
    Abogada. Magíster en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca (España). Profesora de Derecho Penal dela Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Socia fundadora del Estudio Padilla & Chang Abogados. Contacto: romy.chang@padillachang.com.
Palabras clave: Derecho Penal, Derecho Constitucional, consentimiento, dignidad, bienes jurídicos individuales, autodeterminación, autorrealización, atipicidad, antijuricidad

Resumen

El Código Penal exime de responsabilidad penal aquien actúa con consentimiento válido del titular del bien jurídico de libre disposición. Esta eximentetrae múltiples cuestionamientos.
¿Qué  bienes  jurídicos  tienen  dicha  naturaleza? ¿Acaso todos los bienes jurídicos individuales sonde libre disposición? De ser ese el caso, ¿cuál sería el fundamento de ello? ¿El consentimiento deltitular implica que la conducta es antijurídica, o estaríamos ante una conducta atípica?
En el presente artículo, la autora responde a estas interrogantes resaltando que, en el modelo de Estado en que vivimos, los bienes jurídico-penales se protegen porque se busca la autorrealización del individuo. Sobre la base de ello, la autora sostiene que todos los bienes jurídico-penales individuales son disponibles, siendo el consentimiento una causa de atipicidad de la conducta.

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Cómo citar
Chang Kcomt, R. (2015). Naturaleza jurídica del consentimiento de bienes jurídico-penales: un análisis a la luz de la Constitución. THEMIS Revista De Derecho, (67), 205-216. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/14468