El crimen de agresión en el Estatuto de la Corte Penal Internacional
Resumen
En diciembre de 2017, en el marco del tratado denominado Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional, la 16ta. Asamblea de Estados Partes adoptó, por consenso, la Resolución ICC-ASP/16/Res.5, denominada «Activación de la competencia de la Corte respecto del crimen de agresión». En virtud de la referida Resolución, se estableció: i) la definición del crimen de agresión adoptada el año 2010 por la Conferencia de Estados Partes en el Estatuto de Roma, realizada en Kampala (Uganda) ha devenido en aplicable. Asimismo, se reafirma el alcance universal de la sanción penal de dicho crimen, en virtud, de normas jurídicas internacionales no-convencionales, esto es, consuetudinarias o de jus cogens, y ii) se otorga competencia efectiva a un órgano jurisdiccional, la Corte Penal Internacional, a fin de que administre justicia respecto del crimen de agresión. A continuación, en el presente trabajo se abordará la cuestión de la definición del crimen de agresión en el marco del Estatuto de Roma y su repercusión universal (Sección I), y luego la cuestión de la competencia de la Corte Penal Internacional sobre dicho crimen (Sección II).
Referencias bibliográficas
Blasi, T., Reyes, M. y León Vega, M.R. (Comps.) (2008). Derecho internacional humanitario. Compilación de instrumentos. Lima: Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH).
Burneo, J. (2017). Derecho Penal Internacional. Genealogía de los crímenes internacionales más graves. Lima: Fondo Editorial de la PUCP.
Comisión de los Quince. (1919). Rapport présenté à la conférence des préliminaires de paix de 1919 par la Commission des responsabilités des auteurs de la guerre et sanctions. Naciones Unidas document A/CN.4/7/Rev. 1 du 27 mai 1949. Nueva York: Lake Success.
David, Eric (2009). Éléments de Droit Pénal International et Européen. Bruselas: Bruylant.
International Law Association. (1925). Report of the Thirty-Third Conference held at The Riddarhuset and at The Riksdaghuset, Stockholm, September 8th to 13th, 1924. Londres: Sweet & Maxwell.
International Law Association (1927). Report of the Thirty-Fourth Conference held at The Imperial Palace and at The Chamber of Commerce, Vienna, August 5th to 11th, 1926. Londres: Sweet & Maxwell.
Mérignhac, A. (1912). Traité de droit public international. Volumen I. París: Edit. LGDJ.
Nys, E. (1906). Le droit international. Bruselas-París: Éditeurs A. Castaigne et A. Fontemoing.
Pella, V. (1925). La criminalité collective des États et le droit pénal de l ́avenir. Bucarest: Imprimerie de l ́Etat.
Samón, E. y Bazay, L. (2011). El crimen de agresión después de Kampala: soberanía de los Estados y lucha contra la impunidad. Lima: Instituto de Democracia y Derechos Humanos (IDEH-PUCP) de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Tribunal de Núremberg. (1947). Procès des grands criminels de guerre devant le Tribunal Militaire International. Nuremberg, 14 de novembre de 1945 – 1 d’octobre de 1946. Núremberg: Secretaría del Tribunal.
Descargas
Derechos de autor 2018 Agenda Internacional
Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0.