¿Qué hacer cuando las partes callan? Modernizando las reglas peruanas sobre el derecho aplicable a los contratos internacionales a falta de elección de las partes a la luz de las nuevas tendencias del derecho internacional privado

  • María Antonieta Delgado Menéndez Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogada y magíster por la PUCP. Profesora asociada de la misma universidad en Derecho Internacional Privado (DIPr), con cursos internacionales de posgraduación en la Facultad de Derecho de la UNAM de México, de la PUCP, de la Universidad de Passo Fundo de Brasil, de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra de Santo Domingo, de la Universidad Central de Venezuela y en el Instituto Internacional de Derechos Humanos de Estraburgo. Con múltiples publicaciones en DIPr, contratos y arbitraje internacional. Especialista en la dirección, asistencia técnica, diseño e implementación de proyectos con la cooperación internacional en temas de justicia, gobernabilidad y DIPr. Directora de Cooperación y Relaciones Internacionales del JNE del Perú.
    Correo electrónico: mrdelgad@pucp.edu.pe

  • Milan Pejnovic Delgado Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogado por la PUCP y magíster por la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard. Asociado Senior del Área de Solución de Controversias del Estudio Bullard, Falla, Ezcurra +. Concentra su práctica en Dispute Boards, Arbitraje Comercial Internacional y Arbitraje de Inversiones, con diez años de experiencia como abogado, experto y árbitro en casos administrados por CCI, ICSID, CCL, AMCHAM, entre otros. Profesor de la PUCP en Derecho Internacional Privado, con múltiples publicaciones en DIPr y Arbitraje Internacional. Fue asociado internacional en la firma Three Crowns LLP (2017-2018) y secretario arbitral en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima (2012-2013).
    Correo electrónico: mpejnovic@bullardabogados.per

Palabras clave: Autonomía de la voluntad conflictual, Contratos internacionales, Derecho aplicable al contrato, Factores de conexión subsidiarios, Ley del contrato o lex contractus, Principio de autonomía, Principio de proximidad, Certeza y seguridad jurídica

Resumen

El presente trabajo elabora un análisis respecto del derecho aplicable a los contratos internacionales cuando las partes no han ejercido su facultad de elegir el derecho competente para regular sus relaciones contractuales internacionales y entran a funcionar los factores de conexión subsidiarios. A tal efecto, estudia los nuevos códigos, leyes, y cuerpos normativos y anteproyectos de normas de derecho internacional privado de la primera y segunda década de siglo XXI, con especial énfasis en la normatividad latinoamericana —como la de Argentina, Chile, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay—. El análisis permite conocer y acceder a las distintas fórmulas modernas consagradas por novísimos cuerpos legales latinoamericanos respecto a la autonomía de la voluntad y la lex contractus a falta de elección de las partes; también permite comparar las nuevas opciones legislativas empleadas por otros países de la región con la legislación peruana de derecho internacional privado (DIPr) y el Anteproyecto de Libro X de DIPr del Código Civil peruano de 2019 sobre lex contractus y factores subsidiarios, con miras a identificar las modificaciones que convendría incorporar en el Perú para optimizar la legislación peruana sobre el tema, y así dotar a nuestro país de un marco jurídico más coherente, moderno y previsible que ofrezca mayor seguridad jurídica a la contratación internacional.

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Cómo citar
Delgado Menéndez, M. A., & Pejnovic Delgado, M. (2022). ¿Qué hacer cuando las partes callan? Modernizando las reglas peruanas sobre el derecho aplicable a los contratos internacionales a falta de elección de las partes a la luz de las nuevas tendencias del derecho internacional privado. Agenda Internacional, 29(40), 133-163. https://doi.org/10.18800/agenda.202201.006