El recurso al estado de emergencia por el Gobierno peruano durante la pandemia y su conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos
Resumen
El presente artículo estudia los estados de emergencia declarados en el Perú durante la pandemia del COVID-19, periodo cuyo inicio se fija en la llegada de este virus al territorio peruano, durante el gobierno de Martín Vizcarra, y se extiende hasta el presente1. De esta manera, se explica que la «normalización» del recurso a la figura de los estados de emergencia ha seguido siendo una constante en la política peruana durante el periodo analizado, y que esta práctica no suele cumplir los estándares internacionales requeridos para su instauración, tales como los principios de legalidad, de proclamación, de notificación, de excepcionalidad, de necesidad y proporcionalidad, de temporalidad, de no discriminación, y de compatibili- dad con el derecho internacional. Luego del análisis de cada uno de estos principios, se revela que durante el periodo estudiado esta figura ha sido utilizada de manera consistente para prevenir la propagación del virus y sus variantes, para restablecer la convivencia social, pero también para atender situaciones de conflictividad social, el incremento de la inseguridad ciudadana, crimen organizado y combatir remanentes terroristas. Se identifica, además, que, generalmente, dicha práctica del gobierno ha limitado directa e indirectamente el ejercicio de distintos derechos humanos de los habitantes sin justificación razonable alguna.