¡Échame una mano!: La Subcontratación en la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N° 30225)

  • Alfredo Fernando Soria Aguilar Pontificia Universidad Católica del Perú
    Egresado de la Maestría de Derecho de la Empresa Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado titulado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor en las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC) y la Universidad del Pacífico (UP). Árbitro del OSCE y del Centro de Arbitraje de la PUCP.
  • Luis Minoru Yamada Alpiste Universidad Nacional Mayor de San Marcos
    Abogado titulado por la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Abogadode las empresas del Grupo Telefónica en el Perú, especialista en contrataciones del Estado.
Palabras clave: Subcontrato, Contrataciones con el Estado, Aprovisionamiento, Responsabilidad del subcontratista, Implicancias de la subcontratación, Requisitos para la subcontratación

Resumen

El presente artículo desarrolla la figura jurídica de la subcontratación en los procesos de contratación pública, según la nueva Ley de Contrataciones con el Estado – Ley N° 30225. Así, se desarrollan temas como: las diferencias entre contrato de aprovisionamiento, contrato derivado y subcontrato; los nuevos parámetros bajo los cuales se circunscribe la figura de la subcontratación; aspectos que deben considerarse para la aplicación de la figura de subcontrato bajo la Ley Nº 30225; y, la falta de responsabilidad del subcontratista frentea la Entidad por la prestación brindada.

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Cómo citar
Soria Aguilar, A. F., & Yamada Alpiste, L. M. (2015). ¡Échame una mano!: La Subcontratación en la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N° 30225). Derecho & Sociedad, (44), 185-189. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/14400