La exclusión del partido político Acción Popular de las Elecciones Generales 2026: análisis jurídico-electoral
DOI:
https://doi.org/10.18800/politai.202601.001Palabras clave:
Partidos políticos, Democracia interna, Elecciones primarias, Criterio de conciencia, Gobernanza electoralResumen
El artículo analiza las condiciones institucionales y procedimentales que condujeron a la exclusión de Acción Popular del proceso de Elecciones Generales 2026 y usa el caso para discutir los conceptos de la democracia interna y gobernanza electoral. El objetivo es explicar cómo decisiones administrativas adoptadas en etapas tempranas, en especial durante la organización de elecciones primarias, pueden encadenarse hasta producir efectos irreversibles sobre la competencia electoral y la representación. La hipótesis sostiene que un enfoque registral para validar información partidaria, sin verificaciones reforzadas ante alertas institucionales, eleva el riesgo de errores o capturas procedimentales que afectan derechos de participación y la credibilidad del sistema.
La investigación sigue una metodología cualitativa de análisis institucional y reconstrucción procesal. Examina normas, tales como la Ley N° 28094, modificada por la Ley N° 31981, y el Reglamento de Competencias para las Elecciones Primarias EG 2026. Asimismo, se analizan las resoluciones y actos administrativos emitidos por los organismos electorales, tales como la Resolución N° 069-2025/CNE-AP, Informe N° 000399-2025-DNFPE/JNE, Informe N° 000597-2025-GOECOR/ONPE y Resolución N° 0745-2025-JNE. Por último, se consideraron las comunicaciones institucionales y reportes de fiscalización producidos entre el 3 y el 11 de diciembre de 2025. Dichas fuentes documentales fueron seleccionadas por su relevancia directa en la cadena causal que condujo a la exclusión del partido y su análisis se realizó mediante lectura sistemática, lo cual se contrastó con otras fuentes primarias realizando una reconstrucción cronológica del proceso.
El texto desarrolla la tensión entre independencia funcional y cooperación interorgánica al señalar que la autonomía no debe convertirse en compartimentos estancos cuando están comprometidos bienes públicos como la autenticidad del sufragio y la integridad de la selección de candidaturas. Se argumenta que coordinar no implica invadir competencias, sino activar mecanismos de contraste y corrección compatibles con el diseño electoral.
Los hallazgos muestran que el problema se inicia en la controversia intrapartidaria y se proyecta en cómo el sistema identifica, valora y gestiona señales de riesgo. Cuando la validación se limita a verificar consistencia registral y se presume la corrección del dato por su sola incorporación mediante credenciales autorizadas, se debilitan salvaguardas frente a suplantaciones, decisiones estratégicas o distorsiones de la voluntad partidaria. En consecuencia, la exclusión resulta coherente pero políticamente costosa, pues restringe opciones, afecta el pluralismo y erosiona la confianza pública. Además, el modo en que se produce introduce dudas sobre la tutela del debido procedimiento y de los derechos de participación.
El artículo concluye proponiendo protocolos de verificación ante alertas, estándares de trazabilidad y reglas de cooperación operativa para reducir exclusiones por fallas procedimentales y fortalecer la legitimidad electoral.









