Administración racional del patrimonio. Análisis comparado y aplicación extensiva del estándar contenido en materia de criminalidad concursal
DOI:
https://doi.org/10.18800/dys.202501.007Palabras clave:
Bancarrota, Delitos concursales, Administración desleal, Fraude al Fisco, Deber de diligenciaResumen
El presente trabajo analiza el nuevo criterio de la “administración racional del patrimonio”, previsto en el delito concursal del artículo 463 del Código Penal chileno, recientemente modificado por la Ley de Delitos Económicos, N° 21.595, de agosto de 2023. Para tales efectos, el artículo compara dicho estándar con otros equivalentes, como el de la “gestión económica ordenada” o el de la “diligencia en la gestión de asuntos económicos”. El trabajo concluye que, más allá de la cuestión terminológica, todos esos baremos apuntan en idéntico sentido. Adicionalmente, el artículo destaca que el criterio chileno no solo es más preciso y adecuado en materia jurídico-penal, sino que puede tener un alcance amplio, capaz de extenderse a delitos como la administración desleal o el fraude al Fisco.








