El principio de (des)confianza en la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema, a propósito del R.N. N° 1416-2018/Lima

Autores/as

  • Luis Armendariz Ochoa Universidad Científica del Sur https://orcid.org/0000-0001-9125-9779

    Profesor de Derecho Penal en la Universidad Científica del Sur. Máster en cumplimiento normativo por la Universidad Castilla de la Mancha (España). Investigador visitante en el instituto de derecho penal de la Universidad de Bonn (Alemania) en el período 2019–2020. Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

  • Oscar Mejía Villanueva Universidad San Martín de Porres

    Abogado por la Universidad de San Martín de Porres. Abogado litigante.

DOI:

https://doi.org/10.18800/dys.202501.017

Palabras clave:

Principio de confianza, Imputación objetiva, Posición de garante, Delitos económicos, División de trabajo, Deber de vigilancia, Principio de desconfianza

Resumen

Este artículo tiene como finalidad examinar de manera crítica los alcances del principio de (des)confianza como criterio de imputación objetiva dentro de contextos organizacionales empresariales. En ese marco, se efectuará una revisión normativa de dicha figura desde una óptica funcionalista, poniendo énfasis en su diferenciación y complementariedad respecto del principio de confianza, tradicionalmente aplicado en el ámbito penal. Asimismo, el presente trabajo abordará los argumentos esgrimidos por la Corte Suprema en la sentencia del Recurso de Nulidad N.º 1416-2018, desde el enfoque funcionalista propuesto.

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Publicado

2025-09-25

Cómo citar

Armendariz Ochoa, L., & Mejía Villanueva, O. (2025). El principio de (des)confianza en la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema, a propósito del R.N. N° 1416-2018/Lima. Derecho & Sociedad, (64), 1–15. https://doi.org/10.18800/dys.202501.017