La regulación de los fármacos en las Leyes de Platón

  • David Londoño Sanz Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá
Palabras clave: Platón, Leyes, Filosofía del derecho, Regulación de los fármacos

Resumen

En el manuscrito de referencia de las Leyes, el Parisinus Graecus 1807 del siglo IX d.C., este diálogo se encuentra entre el Minos y el Epinomis. Si en el Minos el discípulo hace referencia a la diversidad de ritos y costumbres observables en los diferentes pueblos, en el Epinomis se hace énfasis en la unidad de la ley. La regulación del simposio, del acceso a los fármacos, a las bebidas embriagantes y a los medicamentos, es un tema fundamental en las Leyes, lo que es visible por la composición misma del diálogo, pues es en los primeros libros donde se trata esta temática. El arte de regular la vida en comunidad se muestra como una técnica perfectible a través del diálogo. Las bebidas en común pueden ser benéficas, dice el anónimo extranjero Ateniense, pues el vino anima a los ciudadanos a cantar y a través de la confrontación con el placer los ciudadanos ejercitan la templanza. Como el consumo de vino también puede producir excesos y desmesuras debe regularse su consumo. El Ateniense propone un límite mínimo de edad para beber vino que es de 18 años (Leyes 2.666a-e). La postura del extranjero Ateniense, en cuanto al tema de la regulación de los fármacos, es un mensaje que podríamos catalogar como “antiprohibicionista”, si bien no en el sentido contemporáneo, individualista y liberal, sí en el sentido en que no se propone prohibir a los ciudadanos los fármacos de manera absoluta: se propone permitirlos, pero bajo una estricta regulación legal y comunitaria.

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Cómo citar
Londoño Sanz, D. (2023). La regulación de los fármacos en las Leyes de Platón. Areté, 35(1), 120-157. https://doi.org/10.18800/arete.202301.005