Sistema expositivo y sistema jurídico en la Teoría Comunicacional del Derecho (TCD)

  • Gregorio Robles Real Academia de Ciencias Morales y Políticas

    Abogado por la Universidad de Madrid. En1975 se doctoró en la Universidad Complutense de con una tesis sobre el pensamiento político y jurídico de José Ortega y Gasset. Desde el año 2009 es académico de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas (Madrid). Fue Secretario de la Asociación Española de Filosofía Jurídica y Social entre 1982 y 1986. Al terminar ese período fue director del Colegio Universitario Cardenal Gil de Albornoz de Cuenca (1986 - 1990) y de 1990 a 1992 fue director de la Escuela Libre de Derecho y Economía de Madrid. En el ámbito académico se desempeñó desde 1991 al 2011 como profesor de Derecho de la Unión Europea. Desde 1997 publica artículos en el diario ABC y durante ocho años hizo lo mismo en el diario La Razón (1998 - 2006). Actualmente es catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad de las Islas Baleares. Durante su carrera profesional ha realizado investigaciones sobre diversos temas como: Metodología de la ciencia del Derecho, retórica y argumentación en el Derecho, Teoría del Estado y de la Constitución y evolución del pensamiento jurídico y político de Hans Kelsen.

Palabras clave: Conjunto, Orden, Ordenamiento, Sistema, Sistema expositivo, Sistema jurídico, Dogmática jurídica, Textos, Teoría comunicacional del Derecho

Resumen

En este estudio me propongo explicar los caracteres del sistema jurídico, tal como es entendido en el marco de la Teoría Comunicacional del Derecho (en adelante: TCD). El sistema jurídico constituye una totalidad textual que refleja otra totalidad textual: el ordenamiento jurídico. No se trata de un reflejo positivista, en virtud del cual el sistema sería una mera descripción del ordenamiento, sino de un reflejo hermenéutico, lo que supone que el sistema construye el ordenamiento, y presenta de él su versión mejor y más acabada, su versión más inteligente. La relación entre ordenamiento y sistema no es unidireccional, sino que entre ellos se produce una relación en espiral hermenéutica sostenida a lo largo del tiempo, ya que son totalidades textuales en perpetuo cambio. La dualidad ordenamiento/sistema representa el eje básico dentro de un ámbito jurídico, realidad ésta que engloba todos los procesos comunicacionales y los textos producidos por ellos: primero, los procesos comunicacionales que genera el ordenamiento y los textos ordinamentales; segundo, los procesos de comunicación de la dogmática jurídica, generadora de las diversas propuestas de sistema expositivo; tercero, de la conjunción de los textos dogmáticos y los de la jurisprudencia de los tribunales surgen los textos sistémicos o textos del sistema jurídico; cuarto, los procesos comunicacionales y los textos que se generan dentro del ámbito que, sin embargo, no pertenecen al ordenamiento ni al sistema; y quinto, los actos (y omisiones) cuyo significado jurídico sólo es comprensible desde el marco de referencia constituido por el eje hermenéutico ordenamiento / sistema. En todo este análisis, es preciso diferenciar -como ha quedado apuntado- entre el sistema didáctico-expositivo y el sistema jurídico propiamente dicho (o sistema jurídico en sentido estricto). Para llevar a cabo la tarea propuesta, antes de entrar en la distinción entre ordenamiento jurídico y sistema jurídico, es conveniente tratar de la diferenciación entre conjunto y orden.

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Cómo citar
Robles, G. (2017). Sistema expositivo y sistema jurídico en la Teoría Comunicacional del Derecho (TCD). Derecho & Sociedad, (48), 93-112. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/18977