El derecho de petición y el silencio administrativo

  • Jorge Fernández Ruiz Universidad Autónoma de México

    Doctor en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, Doctor Honoris Causa por la Universidad de Guadalajara, Doctor Honoris Causa por la Universidad de Tlaxcala. Contacto: ferdez@unam.mx

Palabras clave: Afirmativa ficta, Indebida inercia, Negativa ficta, Silencio administrativo, Tiempo, Derecho de petición

Resumen

Con lamentable frecuencia, los funcionarios públicos que tienen a su cargo el ejercicio del poder público desoyen las peticiones de los gobernados por abstenerse de darles respuesta. En clara violación de su derecho de petición y de su derecho fundamental a una buena administración pública, ilícito que no sólo agravia el interés particular del solicitante, sino que su impunidad socaba las bases del Estado de Derecho. De manera que, se requiere reformar la normativa vigente con el propósito de endurecer las sanciones a los funcionarios públicos que incurran en esa conducta indebida en perjuicio del peticionario, que el legislador ha tratado de mitigar por medio de la figura del silencio administrativo.

Descargas

El artículo aún no registra descargas.
Cómo citar
Fernández Ruiz, J. (2020). El derecho de petición y el silencio administrativo. Derecho & Sociedad, 1(54), 79-92. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/22407