Tratamiento del IGV al comercio exterior de servicios en el Perú

  • Óscar Vásquez Nieva Universidad San Ignacio de Loyola

    Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magister en Comercio Exterior y Aduana por la Universidad de Canberra (Australia). Docente de la Universidad San Ignacio de Loyola. Ex Director Ejecutivo de la Revista Derecho y Sociedad. Consultor en Comercio Exterior y Aduanas.
    Contacto: o_vasquez@outlook.com

Palabras clave: IGV, Exportación de Servicios, Servicios, Comercio Exterior

Resumen

El IGV como impuesto que incide en el tráfico comercial de bienes y servicios se circunscribe a una determinada territorialidad donde debe ocurrir el hecho imponible. En el Perú, la Ley del IGV establece que la Exportación de Servicios no está afecta a dicho impuesto, pero bajo determinadas condiciones donde resalta que el consumo del servicio por el sujeto no residente tiene que producirse íntegramente en el extranjero, a excepción de algunos supuestos señalados taxativamente en dicha Ley. Asimismo, conforme existe la Exportación de Servicios también podemos hablar coloquialmente de la Importación de Servicios o Utilización de Servicios prestados por sujetos no domiciliados, cuyo consumo o empleo se produce en territorio nacional independientemente del lugar de prestación.

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Cómo citar
Vásquez Nieva, Óscar. (2021). Tratamiento del IGV al comercio exterior de servicios en el Perú. Derecho & Sociedad, (56), 1-20. https://doi.org/10.18800/dys.202101.007