Implicancias de la falta de pago durante la ejecución contractual en las contrataciones estatales en el Perú
DOI:
https://doi.org/10.18800/dys.202502.012Palabras clave:
Falta de pago, Corrupción, Sanción, Contrataciones con el Estado, Incumplimiento contractualResumen
Uno de los problemas que se presentan en las contrataciones con el Estado es el pago de las contraprestaciones cuando existe la conformidad de los bienes, servicios en general y consultorías. A pesar de que los contratistas tienen la respectiva conformidad, las entidades del Estado no cumplen con el pago o lo hacen de manera diferida, perjudicando enormemente al contratista, pues, a pesar de haber cumplido con las obligaciones a su cargo, no recibe la contraprestación pactada, incluso teniendo que acudir a un medio de solución de controversias como el arbitraje, a fin de lograr el pago.
Esta falta de pago, o pago extemporáneo, no es sancionada de manera efectiva en el Perú, pudiendo generar actos de corrupción o mayores gastos en el contratista a fin de que las entidades cumplan con las obligaciones a su cargo.
Ante lo señalado, se propone que los servidores públicos encargados del área de compras, logística o encargados del pago, sean elegidos por SERVIR; que el tema disciplinario por la falta de pago oportuno sea sancionado por la Contraloría General de la República; que las entidades otorguen al contratista garantías que aseguren el pago oportuno; y que, finalmente, en determinados bienes, las entidades puedan efectuar el pago contra entrega del bien.








