Pautas para el reconocimiento de créditos comerciales en el procedimiento concursal peruano

  • Jose Enrique Enrique Palma Navea Universidad Nacional Mayor de San Marcos

    Abogado por la Universidad de Lima, con estudios de Maestría y Doctorado en la Unidad de Post Grado Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Socio del Estudio Arrospide & Palma Abogados Consultores S. Civil de R.L. 
    Profesor de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ex vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal del Indecopi.

  • Carla Cervantes Villacorta Universidad Nacional Mayor de San Marcos

    Abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ganadora del premio Richard Turton (Dublín, 2020). Miembro del Insol International, IWIRC– International Women’s Insolvency & Restructuring Confederation y del Instituto Iberoamericano de Derecho y Finanzas.

Resumen

El artículo analiza, desde la perspectiva del derecho concursal, los créditos generados por las relaciones de naturaleza comercial surgidas entre un deudor sometido a concurso y sus acreedores. Asimismo, desarrolla la exigencia probatoria necesaria para acreditar ante la autoridad concursal peruana el origen, existencia, legitimidad, titularidad y cuantía de este tipo de créditos, ello a efectos que el titular de tales créditos obtenga el reconocimiento de sus créditos ante la autoridad concursal y pueda ejercer los derechos económicos y políticos que emanan de tal reconocimiento en el marco del procedimiento concursal. El análisis se realiza sobre la base de diversa jurisprudencia del Indecopi.

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Cómo citar
Enrique Palma Navea, J. E., & Cervantes Villacorta, C. (2024). Pautas para el reconocimiento de créditos comerciales en el procedimiento concursal peruano. Derecho & Sociedad, (63), 175-184. https://doi.org/10.18800/dys.202402.011