El Error no Genera Derecho, pero ¿Puede Generar el Nacimiento de la Obligación Tributaria del IGV?
Palabras clave:
Impuesto bruto, Crédito fiscal, Operación no gravada, Impuesto General a las Ventas (IGV), Aspecto Material, Aspecto MensurableResumen
En el presente artículo, se analiza si en el supuesto que en un comprobante de pago emitido por una operación no gravada con IGV se consigne por error dicho impuesto, en aplicación de las normas sobre ajustes de la Ley del IGV, debe considerarse gravada tal operación.Al respecto, se hace una descripción del IVA, modalidad de Impuesto al Consumo que adopta el IGV, y los Aspectos de la Hipótesis de Incidencia del IGV, señalando que las normas sobre ajustes corresponden al Aspecto Mensurable, concluyéndose que la norma que identifica qué operaciones están gravadas (Aspecto Material) es el artículo 1º, motivo por el cual las normas sobre ajustes se deben interpretar partiendo de la revisión de dicho artículo y, por ello, se concluye que las operaciones no gravadas no generan IGV, aun cuando se haya consignado por error en el comprobante de pago.
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Publicado
2014-05-14
Cómo citar
Ezeta Carpio, S. (2014). El Error no Genera Derecho, pero ¿Puede Generar el Nacimiento de la Obligación Tributaria del IGV?. Derecho & Sociedad, (43), 91–96. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/12561
Número
Sección
Impuesto General a las Ventas
Licencia
Derechos de autor 2016 Derecho & Sociedad

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