La responsabilidad internacional de los Estados por anular o no reconocer laudos

  • Fernando Cantuarias Salaverry Pontificia Universidad Católica del Perú
    Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Master en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Yale. Decanode la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico. Profesor de Arbitraje Comercial y Arbitraje de las Inversiones. árbitro nacional e internacional. Miembro del Board of reporters del institute of transnacional Arbitration (itA), del Grupo Latinoamericano de Arbitraje de la Cámara de Comercio internacional (CCi), de la Asociación Americana de Derecho internacional Privado (AsADiP), del Comité editor de la revista Peruana de Arbitraje, de la Association for international Arbitration (AiA), de la Asociación Latinoamericana de Arbitraje y del Comité Argentino de Arbitraje Nacional y transnacional (CARAT). Miembro de la lista de árbitros de los principales Centros de Arbitraje del Perú y del Energy Arbitrators’ list. Es coautor de la Ley de Arbitraje peruana de 2008.
  • Jose Luis Repetto Deville Pontificia Universidad Católica del Perú
    Alumno de décimo segundo ciclo de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico. Ha sido Presidente del Consejo Directivo y Director de la Comisión de edición de Forseti.
Palabras clave: Tratado Bilateral de Inversión, Estados, Responsabilidad Internacional, Instancias Jurisdiccionales, Laudo Arbitral

Resumen

En el marco de los tratados internacionales, con especial énfasis en el tratado Bilateral de inversión (Bit), surgen diversas responsabilidades para los estados que lo conforman. sin embargo, el qué ocurre cuando los órganos jurisdiccionales de un país interfieren contrariamente a los estándares internacionales en plena validez y eficacia de un laudo y la repercusión que ocasionan en tal estado y que lo conllevan a ser responsable internacionalmente frente a un Bit o un tLC, son tratados en este artículo. el autor, además de analizar jurisprudencia de los tribunales arbitrales de inversiones en los casos Saipem v. Bangladesh, ATA v. Jordania, Frontier Petroleum v. República Checa y White Industries v. India, se centra también en el caso peruano; e insta a quelos países miembros de un tratado respeten las reglas del juego.

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Cómo citar
Cantuarias Salaverry, F., & Repetto Deville, J. L. (2014). La responsabilidad internacional de los Estados por anular o no reconocer laudos. IUS ET VERITAS, 24(49), 130-144. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/13620