Tratamiento de las opciones Call Spread y de las primas asociadas a opciones financieras en el Impuesto a la Renta

  • Roberto Cores Ferradas Universidad de Lima

    Abogado por la Universidad de Lima. Master en Tributación Internacional por la Universidad de New York. Profesor de la
    Maestría en Tributación y Política Fiscal de la Universidad de Lima. Socio de la práctica tributaria de Ernst & Young en el Perú. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y de la Asociación Fiscal Internacional (IFA) - Grupo Peruano.

  • Víctor Valdez Ramírez Universidad de Lima

    Abogado por la Universidad de Lima. Especialista en Instrumentos Financieros Derivados por el New York Institute of Finance - NYIF. Gerente de la práctica tributaria de Ernst & Young en el Perú. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y de la Asociación Fiscal Internacional (IFA) - Grupo Peruano.

Palabras clave: Derivados, Opciones Call Spread, Híbrido Financiero, Primas, Contrato de Opción, Impuesto a la Renta

Resumen

En el presente artículo, los autores explican el tipo de tratamiento que se debería dar a las opciones Call Spread. Sostienen que debería ser tratado como un derivado único y no como uno compuesto por dos elementos independientes. Asimismo, señalan a la prima como un elemento inherente a la determinación de las eventuales ganancias o pérdidas definitivas generadas por las opciones financieras que se decida adoptar. Como punto importante, indican que adoptar una posición específica sobre el tratamiento de las opciones Call Spread y de las primas supone una posición sobre su determinación en el Impuesto a la Renta.

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Cómo citar
Cores Ferradas, R., & Valdez Ramírez, V. (2016). Tratamiento de las opciones Call Spread y de las primas asociadas a opciones financieras en el Impuesto a la Renta. IUS ET VERITAS, 24(52), 46-65. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/16370