El tratamiento jurídico de la ineficacia en la disposición unilateral de bienes de la sociedad conyugal a puertas del Octavo Pleno Casatorio Civil

  • Marja Ulanova Vargas Jiménez Universidad Nacional de Piura

    Abogada por la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. Magíster en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional de Piura. Defensora Municipal de la Municipalidad Provincial de Piura. Membrecía del Ilustre Colegio de Abogados de Piura.

Palabras clave: Octavo Pleno Casatorio Civil, Negocio Jurídico, Sociedad Conyugal, Disposición de Bienes Sociales, Nulidad, Invalidez, Ineficacia, Interés Familiar

Resumen

El tema objeto de investigación tiene como principal motivo analizar la consecuencia jurídica idónea en los actos de disposición o gravamen de bienes de la sociedad conyugal realizados por uno solo de los consortes que se encuentra inscrito en los Registros Públicos como si fuesen bienes propios de los cónyuges. Lo desarrollado en los debates a puertas de emitir el Octavo Pleno Casatorio Civil, es importante para establecer si el remedio jurídico es la nulidad o ineficacia del negocio jurídico celebrado por el cónyuge que no cuenta con un poder especial del otro consorte para representar a la sociedad.

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Cómo citar
Vargas Jiménez, M. U. (2018). El tratamiento jurídico de la ineficacia en la disposición unilateral de bienes de la sociedad conyugal a puertas del Octavo Pleno Casatorio Civil. IUS ET VERITAS, (56), 86-105. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201801.006