Exportación “regularizada”: ¿Requisito para gozar del drawback? A propósito de la posición emitida por Sunat y el T ribunal Fiscal del Perú
DOI:
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201901.007Palabras clave:
D erecho Aduanero, drawback, exportación, declaración de exportación provisional (40), declaración de exportación definitiva (41), regularización, PerúResumen
El presente artículo tiene por finalidad comentar la posición tomada por la Administración Aduanera, ratificada por la Sala de Aduanas del Tribunal Fiscal del Perú, relacionada con lo que debe entenderse como la “regularización” de una exportación y el impacto que tiene esa interpretación para el acogimiento y goce del régimen aduanero del drawback. Previamente, se desarrollará la parte conceptual de la figura del drawback en la legislación peruana, haciendo un breve recuento de sus orígenes, antecedentes, su regulación supranacional, actual panorama y los requisitos que lo constituyen como un beneficio para los exportadores para finalmente analizar la posición antes referida.
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Derechos de autor 2019 IUS ET VERITAS

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