Una necesidad imprescindible: Desterrar definitivamente el régimen de responsabilidad objetiva del infraccional aduanero

  • Andrés Varela Universidad de la República

    Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Facultad de Derecho, Universidad de la República (Uruguay). Docente encargado de los Cursos de Régimen Jurídico del Comercio Exterior: Derecho Aduanero, y Práctica del Comercio Exterior en la Facultad de Derecho, Universidad de la República (Uruguay). Docente encargado de los Cursos de “Actualización y Profundización en Derecho Aduanero”, e “Introducción al Derecho Aduanero”, en la Escuela de Posgrado, Facultad de Derecho, Universidad de la República (Uruguay). Coordinador General de la “Primera Jornada Académica de Derecho Aduanero”, Paraninfo de la Universidad de la República (2014), “Segunda Jornada Académica de Derecho Aduanero”, Paraninfo de la Universidad de la República (2015), “Tercera Jornada Académica de Derecho Aduanero”, Asociación de Despachantes de Aduana (2016), y “Cuarta Jornada Académica de Derecho Aduanero”, Asociación de Despachantes de Aduana (2017). Disertante en diversos eventos académicos sobre Derecho Aduanero. Miembro del Instituto Uruguayo de Derecho Aduanero, y del Instituto de Finanzas Públicas (Facultad de Derecho, Universidad de la República).

Palabras clave: Derecho Aduanero, Infraccional aduanero, Ius Puniendi, Principio de culpabilidad, Responsabilidad objetiva, Presunciones, Bien Jurídico Tutelado, Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay

Resumen

El presente artículo aborda el estudio del régimen de responsabilidad objetiva que subsiste en materia infraccional aduanera, los fundamentos sostenidos para su existencia o pervivencia, y sus consecuencias. Asimismo, se desarrollan los argumentos contrarios a dicho régimen de imputación de la responsabilidad. Así, y partido de ello, se tratan de encontrar soluciones jurídicas que, sin vulneren los derechos de los administrados al juzgar las infracciones aduaneras, permitan resolver el fundamento de su sustitución, y ello, mediante un correcto establecimiento de presunciones legales relativas que permitan presumir la intención, cuando ella sea de difícil comprobación para el Fisco.

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Cómo citar
Varela, A. (2017). Una necesidad imprescindible: Desterrar definitivamente el régimen de responsabilidad objetiva del infraccional aduanero. IUS ET VERITAS, (55), 236-254. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201703.015