¿Debe tenerse en cuenta la capacidad económica del sujeto obligado en la tipicidad del delito de omisión a la asistencia familiar?
DOI:
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201901.003Palabras clave:
Derecho Penal, obligación alimentaria, capacidad económica, omisión a la asistencia familiar, análisis del tipo, PerúResumen
En el presente artículo los autores desarrollan la figura de la obligación alimentaria reconocida en el ordenamiento civil peruano, la cual es analizada por el juez civil teniendo en consideración la capacidad económica del obligado. Frente a ello, se presenta el delito de omisión a la asistencia familiar, el cual se verifica con el incumplimiento de la obligación alimentaria de naturaleza civil. Sin embargo, al momento de dilucidar la existencia del delito, la jurisprudencia penal no ha optado por analizar el concepto de capacidad económica como elemento objetivo del delito, a diferencia del ordenamiento civil. En ese sentido, se discute la necesidad de incluir la solvencia económica del obligado en el análisis penal como un elemento del tipo.
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Derechos de autor 2019 IUS ET VERITAS

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