¿Tienen los empleadores el deber de seguir abonando salarios, a pesar de no recibir trabajo a cambio? Razones para su debida consideración

  • Ernesto Alonso Aguinaga Meza Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (Lima, Perú). Doctor en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por la Universidad Carlos III de Madrid. Profesor ordinario, a tiempo completo del Departamento Académico de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, adscrito a las áreas de Teoría del Derecho, Derecho Internacional, Derecho del Trabajo y Responsabilidad Social.
    Correo electrónico: a19967049@pucp.edu.pe y ernestoaguinagameza@gmail.com.

Palabras clave: Remuneración, Trabajo a cambio, Licencia con goce de haber, Salario social, Deberes extralaborales, Justicia distributiva, Deberes positivos especiales, Situación de peligro, Derecho Laboral

Resumen

El presente trabajo, con motivo de lo sucedido antes y después de la pandemia, es un ejercicio de fundamentación dirigido a determinar las circunstancias que autorizan la imposición, vía legal, del deber empresarial de seguir abonando salarios, a pesar de no recibir -o siquiera esperar- trabajo a cambio. A estos efectos, primero, se demuestra que ya existe, en nuestro Derecho vigente, una poderosa razón jurídica para justificar intervenciones legislativas en ese sentido: la constitucionalizada dimensión social del salario. Posteriormente, a fin de apoyar al principio constitucional en cuestión, se sostiene que hay suficientes razones morales para implementar mecanismos distributivos de los ingresos o rentas empresariales que incluso abarquen supuestos en los que es fácticamente imposible ofrecer trabajo a cambio. Finalmente, apelando a la noción de “deber positivo especial”, se afirma que la mencionada disposición constitucional, es la materialización en el ámbito laboral del deber ético de toda persona de prestar auxilio a otras que se encuentran en una situación de peligro o necesidad, siempre que hacerlo suponga un esfuerzo o sacrificio trivial.

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Cómo citar
Aguinaga Meza, E. A. (2024). ¿Tienen los empleadores el deber de seguir abonando salarios, a pesar de no recibir trabajo a cambio? Razones para su debida consideración. IUS ET VERITAS, (69), 103-124. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202402.007