Ética pública y deber de abstención en la actuación administrativa

Autores/as

  • José Luis Martínez López-Muñiz Universidad de Valladolid https://orcid.org/0000-0002-5162-5225
    Es catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid (España). Correo electrónico: marlomu@der.uva.es.
     

DOI:

https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.016

Palabras clave:

Ética pública, Estado de Derecho, Administración pública, Acto administrativo, Procedimiento administrativo, Recusación, Abstención

Resumen

La ética debe impulsar, sostener, inspirar y complementar al Derecho, aunque lo exigible al poder público, bajo el Estado social y democrático de Derecho, es su plena sumisión a este. El deber de abstención de los servidores públicos cuando se encuentran en las situaciones que la ley determine por comportar riesgo de parcialidad o de servicio a algún interés particular y no a los fines públicos es solo una medida precautoria, que busca la mejor garantía de la efectiva sumisión de toda actuación del poder público al Derecho, así como también favorecer la confianza del ciudadano en las autoridades y en los empleados públicos. Esto ha sido construido en el siglo XX, a partir de la figura de la recusación, de gran arraigo histórico en el ámbito judicial, la cual ha pasado a ser incluida en la configuración institucional. La comparación de su regulación en el ámbito administrativo en los derechos peruano y español favorece un análisis de las particularidades de su régimen jurídico.

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Publicado

2011-06-01

Cómo citar

Martínez López-Muñiz, J. L. (2011). Ética pública y deber de abstención en la actuación administrativa. Derecho PUCP, (67), 329–357. https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.016