Importante, no importante: una anticipación crítica de los supuestos del positivismo jurídico en Alicia en el país de las maravillas
Resumen
Casi un siglo entero separa a Alicia en el país de las Maravillas (1865) de Charles Lutwidge Dodgson (a quien nos referiremos por su seudónimo, Lewis Carroll) y a la segunda, más larga y más elaborada edición de la Teoría pura del derecho (1960) de Hans Kelsen —cuya primera edición fue publicada en 1934—. Y, sin embargo, es posible argumentar que la primera obra anticipa y trata en forma crítica a muchos de los supuestos filosóficos que fundamentan y son elementales en los razonamientos sobre la última. Ambos textos, con las diferencias iluminadoras que surgen de sus géneros dispares, tienen como uno de sus temas clave las normas y su funcionamiento. El país de las maravillas, como Alicia pronto descubre, es un mundo sitiado por regulaciones de todo tipo: desde los rituales de etiqueta de la merienda de locos hasta los arreglos cambiantes para el juego de croquet y la insensatez procesal del juicio con el que termina la novela. La Teoría Pura del derecho, como enfáticamente recalca Kelsen, tiene a la Grundnorm (norma fundamental) como la piedra angular sobre la que reside todo el edificio teórico (véanse Green, 2003; Posner, 2005).
Este trabajo discute algunos de los supuestos en los que se basa el razonamiento de Kelsen como un ejemplo de la moderna visión del mundo a la que satíricamente analiza Carroll. La primera sección («Somnolienta y atontada») discute la crítica de Carroll a la idea de que, para comprender un objeto (en el caso del estudio de Kelsen, el derecho), uno tiene que liberarlo de sus elementos ajenos. La segunda sección («¿Comen murciélagos los gatos?») discute la noción de coherencia sistémica y su impacto sobre las formas modernas de pensamiento sobre la verdad, el derecho y la sociedad. La tercera sección («¡Que les corten la cabeza!») explora las conexiones entre las lecturas de sistemas como entidades neutrales y la perpetuación del poder político. La cuarta y última sección («Importante, No importante») explica el sentido en el que una «anticipación crítica» es tanto posible como útil para discutir los supuestos filosóficos que estructuran algunos argumentos positivistas. Esta sección también discute las razones para elegir concentrarse en el trabajo de Kelsen, más que en el del contemporáneo de Carroll John Austin, cuya obra La provincia de la jurisprudencia determinada (publicada en 1832) continúa influyendo hoy en los debates legales.
Referencias bibliográficas
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