La importancia de la tópica en la renovación del sistema: el caso del derecho peruano y su sistema de precedentes

  • Martha Lucía Neme Villareal Universidad Externado de Colombia

    Abogada, profesora titular e investigadora a tiempo completo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá. Doctora en Derecho y Magíster de la Università Degli Studi di Roma «Tor Vergata». 

Palabras clave: derecho romano, ius est ars boni et aequi, tópica, jurisprudencia, precedente, tutela efectiva de los derechos, fuentes del derecho, dialéctica, Plenos Casatorios, teoría de los actos propios

Resumen

El texto propone revalorizar las enseñanzas del método romano de creación del derecho, basado en el entendimiento del ius como ars boni et aequi, lo cual pone en evidencia que el derecho posee una finalidad práctica y, en consecuencia, la tópica es el saber propio del derecho, en el que se destaca la centralidad del caso y la realización de la justicia en términos de lo que hoy llamaríamos «tutela efectiva de los derechos». Un entendimiento tal supone la comprensión del carácter dinámico del derecho, de su naturaleza artificial en cuanto creado por el ser humano y, por ende, perfectible, del rol activo del jurista en la construcción de un derecho más equo, que haga posible la realización de la igualdad ponderada en la preservación de los valores de razonabilidad que propone la buena fe, mediante la consideración de las exigencias del caso, en armonía con los principios que rigen el sistema, en una permanente reconstrucción del equilibrio entre tópica y sistema. En este repensar la aplicación del derecho atendiendo a su naturaleza, a la función esencial de servir a la convivencia y de hacer realidad los valores de un Estado social de Derecho, se analiza la experiencia de la jurisprudencia peruana en los «Plenos Casatorios» de la Corte Suprema de Justicia, examinando varios de sus fallos más emblemáticos, bajo la perspectiva de la tópica y, en general, del método romano de creación del derecho. 

Referencias bibliográficas

Acción de tutela instaurada por Alberto Rebollo Bravo con respecto al respeto al acto propio, las situaciones jurídicas particulares y concretas, y la no disminución de la pensión de jubilación, T-295/99 (Corte Constitucional [Colombia], 04 de mayo de 1999).

Acción de tutela instaurada por Guillermo Escobar Quijano con respecto al derecho a la vida, T-374/93 (Corte Constitucional [Colombia], 03 de septiembre de 1993).

Acción de tutela instaurada por Gustavo Alberto Reyes Aguirre contra Alfonso Clavijo González y demás miembros de la Junta Directiva de la Corporación «Hatogrande Golf & Tennis Country Club», T-544/95 (Corte Constitucional [Colombia], 23 de noviembre de 1995).

Acción de tutela instaurada por María Victoria Mendoza Villamil contra el Colegio Municipal Metropolitano del Sur Floridablanca (Santander), por la presunta violación de los derechos al debido proceso, a la educación y los de los niños, T-143/99 (Corte Constitucional [Colombia], 05 de marzo de 1999).

Adriana María Ortiz Repizo y otro c. Caprecom EPS y otro, T-668/10 (Corte Constitucional [Colombia], 31 de agosto de 2010).

Alexandre Sochandamandou c. Ley 153/87, art. 13: La costumbre y la moral cristiana [demanda de inconstitucionalidad], C-224/94 (Corte Constitucional [Colombia], 05 de mayo de 1994).

Alexy, R. (1989). Teoría de la argumentación jurídica: La teoría del discurso racional como teoría de la fundamentación jurídica. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.

Alexy, R. (2001). La pretensión de corrección del derecho: La polémica sobre la relación entre derecho y moral. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Alexy, R. (2005). Teoría del discurso y derechos humanos. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Alirio Tique Portilla c. Ever Tique Prieto, T-736/13 (Corte Constitucional [Colombia], 17 de octubre de 2013).

Ana María Guerra Rendón c. Dirección Seccional de Salud de Antioquia, T-754/05 (Corte Constitucional [Colombia], 14 de julio de 2005).

Ana Tulia Pérez Carmona c. Saludcoop, T-355/05 (Corte Constitucional [Colombia], 07 de abril de 2005).

Andrés Felipe Pallares Sulbarán c. Saludcoop EPS, T-650/10 (Corte Constitucional [Colombia], 26 de agosto de 2010).

Aristóteles (1988). Tratados de lógica (Órganon) II: Sobre la interpretación, Analíticos primeros, Analíticos segundos (M. Candel San Martín, trad.). Madrid: Gredos.

Asamblea General [ONU], Res. 217 (III) A, Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948).

Blanca Libia Londoño en representación del menor Daniel Trujillo Londoño c. Coomeva EPS, T-881/08 (Corte Constitucional [Colombia], 11 de septiembre de 2008).

Burdese, A. (1998). Manuale di diritto privato romano. Turín: Utet.

Campos García, H. (2014). Apuntes introductorios a la pretensión de nulidad de negocio jurídico desde la perspectiva civil: análisis crítico de la posición del Quinto Pleno Casatorio Civil respecto de la impugnación de negocios colegiales asociativos. Themis- Revista de Derecho, 66, 59-84.

Cardilli, R. (2004). Bona fides tra storia e sistema. Turín: Giappichelli.

Castro Sáenz, A. (2010). Cicerón y la jurisprudencia romana. Valencia: Tirant lo Blanch.

Cecilia Alexandra Serna Aponza c. Comenfalco EPS, T-224/10 (Corte Constitucional [Colombia], 23 de marzo de 2010).

Cellulare, M. (2009). Locus e ius: observaciones sobre espacio y sistema a la luz del derecho romano. Revista de Derecho Privado, 16, 31-48. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=417537596003

Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna c. Presidencia de la República y otros [acción de tutela], T-622/16 (Corte Constitucional [Colombia], 10 de noviembre de 2016).

César Augusto Bernal Zamudio c. EPS Sanitas y otro, T-730/10 (Corte Constitucional [Colombia], 13 de septiembre de 2010).

Cicerón, M.T. (1995). En defensa de Aulo Cluencio. En Discursos V (J. Aspa Cereza, trad., pp. 155-284). Madrid: Gredos.

Cicerón, M.T. (2000a). Bruto, o de los ilustres oradores. El Aleph.

Cicerón, M.T. (2000b). Tópicos a Cayo Trebacio. El Aleph.

Cicerón, M.T. (2002). Sobre el orador (J.J. Iso, trad.). Madrid: Gredos.

Código Civil [C.C.] [Perú].

Consejo Económico y Social [ONU], Observación general 14, El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (11 de agosto de 2000). E/C.12/2000/4

Constitutio Omnem [Const. Omnem].

Corporación Financiera de Desarrollo sociedad anónima c. Marciano Fernández Gonzáles (†) y Aura Violeta Salas Gonzáles, Casación 2402-2012-Lambayeque (Corte Suprema de Justicia de la República [Perú], Sexto Pleno Casatorio Civil, 03 de enero de 2013).

Cortelazzo, M. & P. Zolli (2004). Dialogo. En Dizionario etimologico della lingua italiana. Bolonia: Zanichelli.

Daniela Ditta Pérez actuando en representación de su hija c. Secretaría de Salud de César y otra, T-200/14 (Corte Constitucional [Colombia], 01 de abril de 2014).

De conceptione Digestorum [Const. Deo auctore].

De confirmatione Digestorum [Const. Tanta].

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana (Bogotá, 1948).

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1 y 2, parciales, de la ley 54 de 1990, modificada parcialmente por la ley 979 de 2005, C-075/07 (Corte Constitucional [Colombia], 07 de febrero de 2007).

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 39 (parcial) y 40 del decreto 1647 de 1991 («Por el cual se establece el régimen de personal, de carrera tributaria, sistema de planta y el régimen prestacional de los funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales, se crea el fondo de gestión tributaria y se dictan otras disposiciones»), C-023/94 (Corte Constitucional [Colombia], 27 de enero de 1994).

Digesto [Dig.]. Se utiliza la siguiente traducción: Cuerpo del derecho civil romano a doble texto, traducido al castellano del latino, publicado por los hermanos Kriegel, Hermann y Osenbrüggen, con las variantes de las principales ediciones antiguas y modernas y con notas de referencias por D. Ildefonso L. García del Corral (1898).

Edna Rocío Campos Oliveros c. Caprecom EPS y otro, T-685/10 (Corte Constitucional [Colombia], 02 de septiembre de 2010).

Elsa León Acosta c. Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, T-815/10 (Corte Constitucional [Colombia], 11 de octubre de 2010).

Esborraz, D.F. (2006). Contrato y sistema en América Latina. Buenos Aires: Rubinzal Culzoni.

Ferrajoli, L. (2007). Principia iuris: Teoria del diritto e della democrazia (vol. 1). Roma-Bari: Laterza.

Frezza, P. (1949). Ius gentium. Révue des Droits de l’Antiquité (RIDA), 2, 259-308.

Gadamer, H.-G. (2007). Verdad y método I (12ma ed.). Salamanca: Sígueme.

Gadamer, H.-G. (2010). Verdad y método II. Salamanca: Sígueme.

Gallo, F. (1971). Interpretazione e formazione consuetudinaria del diritto: Lezione di diritto romano. Turín: Giappichelli.

Gallo, F. (1987). Sulla definizione celsina del diritto. Studia et Documenta Historiae et Iuris (SDHI), 53, 7-52.

Gallo, F. (1992). Synallagma e conventio nel contratto: Ricerca degli archetipi della categoria contrattuale e spunti per la revisione di impostazioni moderne. Turín: Giappichelli.

Gallo, F. (1993). Interpretazione e formazione consuetudinaria del diritto: Lezione di diritto romano. Ed. completata con la pt. relativa alla fase della codificazione. Turín: Giappichelli.

Gallo, F. (1996). Un nuovo approccio per lo studio del ius honorarium. Studia et Documenta Historiae et Iuris (SDHI), 62, 1-68.

Gallo, F. (1997). L’officium del pretore nella produzione e applicazione del diritto. Corso di diritto romano. Turín: Giappichelli.

Gallo, F. (2000). Un modelo de romanista. Roma e America: Diritto Romano Comune, 10, 237-262.

Gallo, F. (2007). La «verità»: valore sotteso alla definizione celsina del diritto. Ponencia presentada en las jornadas de estudio sobre valores y principios del derecho romano, en conmemoración de los cien años del profesor Silvio Romano, maestro de instituciones. Recuperado de http://www.dirittoestoria.it/7/Tradizione-Romana/Gallo-Verit-valore-definizione-celsina-diritto.htm#_2._–Non_degradabilità_a_Leerformel

Gallo, F. (2011). Che cos’è la costituzione? Una disputa sulla rifondazione della scienza giuridica. Associazione Italiana dei Costituzionalisti, 1. Recuperado de http://www.rivistaaic.it/che-cos-la-costituzione-una-disputa-sulla-rifondazione-della-scienza-giuridica.html

Gallo, F. (2015). Celso y Kelsen: para la refundación de la ciencia jurídica. Buenos Aires-Roma: Eudeba-Università di Roma Tor Vergata.

García Amado, J.A. (1987). Tópica, derecho y método jurídico. Doxa, 4, 161-188. doi: 10.14198/DOXA1987.4.12

García Amado, J.A. (1988). Teoría de la tópica jurídica. Madrid: Civitas.

Garofalo, L. (2003). L’humanitas nel pensiero della giurisprudenza classica. En autores varios, L’humanitas nel mondo antico: filantropia, cultura, pietas. Treviso: Fondazione Cassamarca.

Giovanna Angélica Quiroz Villaty, por derecho propio y en representación de sus menores hijos; Walker Steve Cuenca Quiroz; Euler Jonathan Mendoza Quiroz y José Ronny Mendoza Quiroz c. Empresa Minera Yanacocha S.R.L., Ransa Comercial S.A. y Arturo Blanco Bar, Casación 1465-2007-Cajamarca (Corte Suprema de Justicia de la República [Perú], Primer Pleno Casatorio Civil, 22 de enero de 2008).

Gonzales Barrón, G.H. (2013). La impugnación de acuerdos es un tercer remedio autónomo, distinto de la nulidad y anulabilidad. Derecho y Cambio Social, 10(33). Recuperado de www.derechoycambiosocial.com/revista033/indice.htm

Grosso, G. (1965). Lezioni di storia del diritto romano. Turín: Giappichelli.

Grosso, G. (1973). Riflessioni su «ius civile», «ius gentium», «ius honorarium» nella dialettica fra tecnicismo tradizionalismo giuridico e adeguazione allo sviluppo economico e sociale in Roma. En Studi in memoria di Guido Donatuti I (pp. 439-453). Milán: Cisalpino-La Goliardica.

Guzmán Brito, A. (2010). Dialéctica y retórica en los «Topica» de Cicerón. Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, 32, 161-195. doi: 10.4067/S0716-54552010000100007

Hinestrosa, F. (2005). Estado de necesidad y estado de peligro: ¿Vicio de debilidad? Revista de Derecho Privado, 8, 111-134.

Instituciones de Gayo [G. Inst.].

Jaime León Gañán Ruiz c. Ley 1438 de 2011, C-791/11 (Corte Constitucional [Colombia], 20 de octubre de 2011).

Jayme, E. (1995). Identité culturelle et intégration: le droit international privé postmoderne. Collected Courses of the Hague Academy of International Law. doi: 10.1163/1875-8096_pplrdc_ej.9789041102614.009_267

Jayme, E. (1997). Osservazioni per una teoria postmoderna della comparazione giuridica. Rivista di Diritto Civile, 43(1), 813-829.

Jayme, E. (2003a). Direito Internacional privado e cultura pós-moderna. Cadernos do Programa de Pós-Graduação em Direito (PPGDir./UFRGS), 1(1), 105-114. doi: 10.22456/2317-8558.43487

Jayme, E. (2003b). O direito internacional privado do novo milênio: a proteção da pessoa humana face à globalização. Cadernos do Programa de Pós-Graduação em Direito (PPGDir./UFRGS), 1(1), 133-146. doi: 10.22456/2317-8558.43490

José Abdonias Velásquez y otros c. Nueva EPS y otros, T-246/10 (Corte Constitucional [Colombia], 08 de abril de 2010).

Kelsen, H. (2009). Teoría pura del derecho (4ta ed.). Buenos Aires: Eudeba.

La Pira, G. (1997). Sistematica e giustizia nella giurisprudenza romana. Roma e America: Diritto Romano Comune, 4.

Landa Arroyo, C. (2003). Teoría del derecho procesal constitucional. Lima: Palestra.

Lausberg, H. (1966). Manual de retórica literaria: Fundamentos de una ciencia de la literatura (vol. I). Madrid: Gredos.

Lausberg, H. (1975). Elementos de retórica literaria. Madrid: Gredos.

Leonor Vargas González c. Caprecom EPS y otros, T-835/10 (Corte Constitucional [Colombia], 22 de octubre de 2010).

Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Diario Oficial El Peruano, 09 de diciembre de 1996, 144950-145012.

Ley 27682, Ley que modifica el artículo 172º de la ley nº 26702 y declara que son nulos los acuerdos, declaraciones y/o pactos que hubieran asumido o pudieran asumir los usuarios frente a las empresas del sistema financiero, según los cuales no pueden gravar, vender o enajenar sus bienes, ni incrementar deudas fianzas y/o avales, sin la previa intervención de las referidas empresas, Diario Oficial El Peruano, 09 de marzo de 2002, 219025.

Ley 27851, Ley que modifica el artículo 1º de la ley nº 27682, que modificó el primer párrafo del artículo 172º de la ley nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Diario Oficial El Peruano, 22 de octubre de 2002, 231760.

Ley 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria, Diario Oficial El Peruano, 01 de marzo de 2006, 313457-313466.

Libia Patricia Díaz Díaz c. Comfacor EPS, T-009/11 (Corte Constitucional [Colombia], 14 de enero de 2011).

Liliana Amanda Mejía García y Jubert Alberto Barrios Carpio c. Rosa Estrella Reátegui Marín y Ángel Gabriel Collantes Arimuya, Casación 4442-2015-Moquegua (Corte Suprema de Justicia de la República [Perú], Noveno Pleno Casatorio Civil, 09 de agosto de 2016).

Lombardi, L. (1967). Saggio sul diritto giurisprudenziale. Milán: Giuffrè.

Losano, M.G. (1966). La dottrina pura del diritto. Turín: Einaudi.

Luz Margarita Andrade Rodríguez c. Dirección de Sanidad Militar de las Fuerzas Militares, T-907/04 (Corte Constitucional [Colombia], 17 de septiembre de 2004).

Luz Stella Gutiérrez Reyes, Derecho a la vida, derecho a la salud, medio de defensa judicial, T-613/92 (Corte Constitucional [Colombia], 16 de diciembre de 1992).

Lyotard, J.F. (1987). La condición postmoderna: Informe sobre el saber. Madrid: Cátedra.

María del Pilar Leguizamo Melo c. Comparta EPS-S, T-022/11 (Corte Constitucional [Colombia], 18 de enero de 2011).

Marlene Murillo de Espitia c. Emdisalud EPS, T-864/10 (Corte Constitucional [Colombia], 03 de noviembre de 2010).

Marques, C.L. (2012). Diálogo das fontes como método da nova teoria geral do direito. En C.L. Marques (ed.), Diálogo Das Fontes: Do conflito à coordenação de normas do direito brasileiro (pp. 17-66). São Paulo: Revista dos Tribunais.

Martino di, F. (1978). Individualismo y derecho romano privado (F. Hinestrosa, trad.). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Miragem, B. (2012). Eppur si muove: Diálogo das fontes como método de interpretação sistemática no direito brasileiro. En C.L. Marques (ed.), Diálogo Das Fontes: Do conflito à coordenação de normas do direito brasileiro (pp. 67-109). São Paulo: Revista dos Tribunais.

[Montesquieu] De Secondat, C.L. (1820). Del espíritu de las leyes (J. López de Peñalver, trad., tomo II) Madrid: Villalpando.

Morales Hervías, R. (2014b). ¿La impugnación o la invalidez de los negocios jurídicos unilaterales colegiales asociativos? Dialogo con la jurisprudencia, 190, 21-44.

Muratori, L.A. (1933). Dei difetti della giurisprudenza (A. Solmi, ed.). Roma: Formiggini.

Neme Villarreal, M.L. (2003). Venire contra factum proprium, prohibición de obrar contra los actos propios y protección de la confianza legítima: tres maneras de llamar a una antigua regla emanada de la buena fe. En Estudios de derecho civil obligaciones y contratos: Libro homenaje a Fernando Hinestrosa 40 años de Rectoría 1963-2003 (tom. III, pp. 11-56). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Neme Villarreal, M.L. (2014a). Pacta sunt servanda y rebus sic stantibus: tensiones entre los principios de buena fe y autonomía contractual. Ciudad de México: Universidad Panamericana.

Neme Villarreal, M.L. (2014b). Principios, cláusulas generales y estándares como orientadores del sistema jurídico. En Estudios de derecho civil en memoria de Fernando Hinestrosa (vol. I, pp. 303-322). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Pugliese, G., F. Sitzia & L. Vacca (1986). Istituzioni di diritto romano. Padua: Piccin.

Revisión de constitucionalidad c. Decreto legislativo 4827 del 29 de diciembre de 2010, C-225/11 (Corte Constitucional [Colombia], 29 de marzo de 2011).

Revisión constitucional del proyecto de ley estatutaria N°62/98 Senado y 158/98 Cámara, «por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones», C-371/00 (Corte Constitucional [Colombia], 29 de marzo de 2000).

Robleda, O. (1977). Introduzione allo studio del diritto privato romano. Roma: Università Gregoriana.

Rodrigo Acuña Cock c. Coomeva EPS, T-654/10 (Corte Constitucional [Colombia], 30 de agosto de 2010).

Rodrigo Sánchez de la Cruz c. Asociación de Vivienda Chillón y Homero Castillo Alva, Casación 3189-2012-Lima Norte (Corte Suprema de Justicia de la República [Perú], Quinto Pleno Casatorio Civil, 03 de enero de 2013).

Rosa Arango de Vallejo y otro c. Coomeva y otro, T-874/10 (Corte Constitucional [Colombia], 04 de noviembre de 2010).

Sandra Milena Meneses Osorio en representación de su hijo c. Coomeva EPS, T-307/06 (Corte Constitucional [Colombia], 19 de abril de 2006).

Savigny, F.C. (1977). De la vocación de nuestro siglo para la legislación y la ciencia del derecho (A. González Posada, trad.). Buenos Aires: Heliasta.

Scarpelli, U. (1989). Il positivismo giuridico rivisitato in omaggio a Norberto Bobbio. Rivista de filosofia, 80(3), 461-475.

Schenk Duque, M.S. (2012). O transporte da teoria do diálogo das fontes para a teoria constituição. En C.L. Marques (ed.), Diálogo Das Fontes: Do conflito à coordenação de normas do direito brasileiro (pp. 125-157). São Paulo: Revista dos Tribunais.

Schipani, S. (1997). Principia iuris. Principium potissima pars. Principios generales del derecho. Roma e America: Diritto Romano Comune, 3.

Schipani, S. (2006). Trenta anni di dialogo con i giuristi latinoamericani. Roma e America: Diritto Romano Comune, 21, 287-312.

Schenk Duque, M.S. (2012). O transporte da teoria do diálogo das fontes para a teoria constituição. En C.L. Marques (ed.), Diálogo Das Fontes: Do conflito à coordenação de normas do direito brasileiro (pp. 125-157). São Paulo: Revista dos Tribunais.

Sentencia de unificación en tutela solicitada por Germán Humberto Rincón Perfetti – Liga Colombiana de Lucha contra el Sida, en los temas de derecho al trabajo, a la seguridad social, a la igualdad, a la dignidad, SU-256/96 (Corte Constitucional [Colombia], 30 de mayo de 1996).

Sosa Sacio, J.M. (2011). Guía teórico-práctica para utilizar los criterios interpretativos del Tribunal Constitucional. Lima: Gaceta Jurídica.

Talamanca, M. (1990). Istituzioni di diritto romano. Milán: Giuffrè.

Vacca, L. (2012). La giurisprudenza nel sistema delle fonti del diritto romano. Turín: Giappichelli.

Vico, Giambattista (2004). Obras II: Retórica (Instituciones de Oratoria) (F.J. Navarro Gómez, trad.). Barcelona: Anthropos.

Vico, Giambattista (2012). De nostri temporis studiorum ratione. Edizione elettronica a cura di L. Pica Ciamarra, in «Laboratorio dell’ISPF», IX, 2012, 1/2, pp. 6-44. http://www.ispf-lab.cnr.it/2012_1-2_101.pdf

Víctor Eli Ceballos Giraldo c. Servicio Occidental de Salud EPS, T-664/10 (Corte Constitucional [Colombia], 30 de agosto de 2010).

Viehweg, T. (1964). Tópica y jurisprudencia (L. Diez Picazo, trad.). Madrid: Taurus.

Viehweg, T. (1974). Topik und Jurisprudenz (5ta ed.). Múnich: Beck.

XX en representación de su hijo YY c. Coomeva EPS, T-121/15 (Corte Constitucional [Colombia], 26 de marzo de 2015).

Zagrebelsky, G. (2008). La legge e la sua giustizia. Bolonia: Il Mulino.

Zimmermann, R. (2010). Derecho romano, derecho contemporáneo, derecho europeo: La tradición del derecho civil en la actualidad (J. Rodríguez Olmos, trad.). Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Zimmermann, R. & S. Whittaker (2000). Good Faith in European Contract Law. Cambridge: Cambridge University Press.

Descargas

El artículo aún no registra descargas.
Cómo citar
Neme Villareal, M. (2018). La importancia de la tópica en la renovación del sistema: el caso del derecho peruano y su sistema de precedentes. Derecho PUCP, (80), 49-117. https://doi.org/10.18800/derechopucp.201801.003