De nuevo sobre la prisión permanente revisable española: el contexto de su nacimiento, la sentencia del Tribunal Constitucional que la avala y el pretendido proyecto de reforma

  • María del Mar Martín Aragón Universidad de Cádiz

    Profesora de Derecho Penal y Criminología en la Universidad de Cádiz (España). Doctora en Ciencias Sociales y Jurídicas por la misma casa de estudios.

Palabras clave: Prisión, Prisión permanente revisable, Penología, Código Penal, Pena de duración indeterminada

Resumen

El presente artículo aborda la nueva problemática surgida tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional en la que se avala la constitucionalidad de la prisión permanente revisable. Recordemos que fue la Ley Orgánica 1/2015 del 30 de marzo de 2015 la que introdujo por primera vez la prisión permanente revisable en el sistema penológico español. Una pena que enfrentaba serios problemas de inconstitucionalidad, que fueron puestos de manifiesto en un dictamen al respecto elaborado por un grupo de personas expertas en derecho penal y que serviría de base para el recurso de inconstitucionalidad que se presentó el 30 de junio de 2015. No fue hasta el pasado año 2021 que el Tribunal Constitucional español resolvió dicho recurso para en parte, como era tristemente previsible, avalar esta pena, si bien se emitieron tres votos particulares que apuntaron en el sentido opuesto. Este pronunciamiento ha dejado una puerta abierta que determinados partidos políticos han decidido aprovechar para, haciendo uso del populismo punitivo, proponer la ampliación de los supuestos de aplicación de esta cadena perpetua encubierta. Este trabajo pretende analizar el pronunciamiento judicial al contrastar sus principales argumentos con las opiniones doctrinales más relevantes, contribuyendo así a la reflexión sobre la escalada de la prisión permanente revisable y los problemas que ello plantea.

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Cómo citar
Martín Aragón, M. del M. (2023). De nuevo sobre la prisión permanente revisable española: el contexto de su nacimiento, la sentencia del Tribunal Constitucional que la avala y el pretendido proyecto de reforma. Derecho PUCP, (90), 359-389. https://doi.org/10.18800/derechopucp.202301.010