Análisis de la Sentencia de la Mayoría del Tribunal Constitucional en el caso de la Pontificia Universidad Católica del Perú y la herencia de don José de la Riva Agüero
Resumen
El presente artículo desarrolla un análisis jurídico de la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional el cual declaró infundado el recurso de agravio constitucional, la acción de amparo, interpuesto por la Pontificia Universidad Católica del Perú. El tema en discusión es sobre quién debe ejercer la disposición de los bienes de la herencia de Don José de la Riva Agüero. Por un lado, la Junta Administradora exige tal derecho y, por otro lado, la PUCP se ampara en su derecho de autonomía universitaria y de propiedad. Para ello, el autor hace énfasis en resaltar la necesidad de utilizar una adecuada metodología de fundamentación en el desarrollo de la sentencia respecto al concepto de propiedad y patrimonio constitucional que es distinta y más amplia al concepto civilista. Seguido a ello, se expondrá cómo los fundamentos de la mayoría del Tribunal Constitucional, publicada el 19 de abril del 2010, no corresponden a una debida argumentación en concordancia con la jurisprudencia precedente en materia constitucional respecto a las categorías jurídicas mencionadas. De esta manera, se analizará la validez de seis fundamentos a la luz de la normativa nacional, así como de la jurisprudencia nacional. El primer de ellos se refiere a los diferentes testamentos emitidos entre 1933 y 1938; y cuál de ellos debe primar. El segundo, tercero y cuarto argumento desarrollan si el Tribunal Constitucional posee la competencia para determinar si un acto jurídico es invalido o no. Sumado a ello, si el TC puede resolver sobre el tema de representación ante la Junta Administradora, y por último si es el TC quién puede determinar la validez de un acto jurídico. En el quinto argumento, se sigue el análisis del testamento entorno a la participación del arzobispo de Lima. En función a todo ello, el autor determinara que los fundamentos son defectuosos e inválidos. Como consecuencia, todo esto contribuye a una metodología discriminatoria hacia la PUCP llevada a cabo por el Tribunal Constitucional.
Referencias bibliográficas
Don Gye Jin Na, su esposa doña Yeon Im Song y su hijo Ah Reum Na c. la Asociación del Centro de Esparcimiento Lima “El Potao”, el Ministerio del Interior y la Municipalidad Provincial del Callao [proceso de amparo], expediente 7364-2006 PA/ TC (Tribunal Constitucional [Perú], 24 de abril del 2008).
Don Larry Ormeño c. Universidad Privada de Tacna [acción de amparo], expediente 4232-2004- AA/ TC (Tribunal Constitucional [Perú], 3 de marzo del 2005).
Don Mario Hernán Machaca Mestas c. Directora Subregional de Salud, el Gerente Subregional de Desarrollo de Moquegua y el Presidente Ejecutivo del CTAR de la Región Tacna-Moquegua [acción de amparo], expediente 0866-2000-AA/TC (Tribunal Constitucional [ Perú], 10 de julio de 2002).
Cinco mil ciudadanos representados por Jorge Vicente Santistevan de Noriega c. art. 2º, 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley 28476 y, por conexión, contra los artículos 5º y 10º del Decreto de Urgencia 122-2001 [ proceso de inconstitucionalidad], expediente 0005-2006-PI/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 26 de marzo de 2007).
Cinco mil setecientos veinte y ocho ciudadanos representados por don Roberto Nesta Brero c. art. 4º del decreto de urgencia 140-2001 [acción de inconstitucionalidad], expediente 0008-2003-AI/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 11 de noviembre de 2003).
Poder Ejecutivo c. Poder Judicial [proceso competencial], expediente 006-2006 PC/ TC (Tribunal Constitucional [Perú], 12 de febrero del 2007).
Zusman, Sh. (2007). Informe Legal: En defensa de la PUCP. En Varios autores. (pp. 69-99). Lima: Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
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