El contrato administrativo: ¿lex inter partes o ius vivandi?

Autores

  • Pedro José Jorge Coviello Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires
    Abogado y Doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica Argentina. Integró la sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal durante quince años y, en la actualidad, es juez de cámara retirado. Asimismo, es profesor titular ordinario de Derecho Administrativo y director de la carrera de especialización de Derecho Administrativo Económico de la Pontificia Universidad Católica Argentina. También ejerce como director del suplemento “Derecho Administrativo” de la revista El Derecho de dicha facultad.
     

DOI:

https://doi.org/10.18800/derechopucp.201101.007

Palavras-chave:

Contratos administrativos, Contratos públicos, Contrato como ley, Ius vivandi, Principio de legalidad

Resumo

En el presente trabajo se estudia si en los contratos públicos el principio de observancia de lo pactado (pacta sunt servanda, o lex inter partes) tiene preponderancia sobre el principio del ius variandi típico de los contratos administrativos. Se busca, a través del estudio del derecho comparado y de la doctrina que originó ambos principios, llegar a una síntesis de ambos. Mediante la aplicación del principio de la legalidad, se trata de arribar a un equilibrio de ambos, sin perjuicio de reconocer el autor la preeminencia del principio contrato-ley.

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Publicado

2011-01-01

Como Citar

Coviello, P. J. J. (2011). El contrato administrativo: ¿lex inter partes o ius vivandi?. Derecho PUCP, (66), 169–194. https://doi.org/10.18800/derechopucp.201101.007