Sociedades indígenas y nueva constitución

  • Manuel Marzal Pontificia Universidad Católica del Perú
    Profesor principal del Departamento de Ciencias Sociales
Palabras clave: Indigenismo, Derechos, Derecho Constitucional, Protección poblacional, Cultura, Política

Resumen

El objetivo del presente artículo es analizar el grado de indigenismo incorporado en la Constitución Política del Perú de 1979. Para ello, se examinan las disposiciones constitucionales que promueven un modelo específico de indigenismo, así como los fundamentos que la Asamblea Constituyente consideró al adoptar dicho modelo. Este enfoque permitirá destacar y estudiar las particularidades de este nuevo paradigma. En conclusión, la Constitución de 1979 establece un indigenismo vigoroso, orientado a la protección y reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.

Referencias bibliográficas

Belaunde, V. (1917). Meditaciones peruanas. Lima: Cía de Impresiones y Publicidad.

Belaunde, V. (1931). La realidad nacional. Lima: Comisión Nacional del Centenario.

Belaunde, V. (1942). Peruanidad. Lima: Comisión Nacional del Centenario.

Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (1977). Declaración de Barbados II. Amazonía peruana, 1(2), 181-183.

Colombre, A. (1975). Por la liberación del indígena: documentos y testimonios. Buenos Aires: Del Sol.

Haya, V. (1976). Obras completas. Lima: Mejía Baca.

Mariátegui, J. (1969). Ideología y política. Lima: Amauta.

Marzal, M. (1968). Indigenismo y constitución. Revista de la Universidad Católica, (3), 69-77.

Universidad del Pacífico (1980). Perú 1980: elecciones y planes de gobierno. Lima: Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico.

Valcárcel, L. (1927). Tempestad en los andes. Lima: Ministerio de Cultura.

Descargas

El artículo aún no registra descargas.
Cómo citar
Marzal, M. (1981). Sociedades indígenas y nueva constitución. Derecho PUCP, (35), 109-115. https://doi.org/10.18800/derechopucp.198101.009