Algunas anotaciones al libro de familia del Proyecto de Código Civil
Resumen
El trabajo aborda diversas anotaciones relacionadas con el Libro de Familia re-formulado con el Proyecto del Código Civil. En particular, se realizan algunas precisiones específicas sobre varios aspectos encontrados en las Secciones Normas Básicas, Impedimentos, Celebración del Matrimonio, Prueba del Matrimonio, Invalidez del Matrimonio, Deberes y Derechos que nacen del Matrimonio, Separación de Cuerpos y Divorcio. Con respecto a esta última sección, se discuten las implicancias de ampliar en una más las causas de divorcio en el Perú. En este punto se enfrentan dos posiciones rivales: en una se considera que el matrimonio alberga en sus mismas entrañas un principio y un fin de interés público, y en la otra, los que aspiran a su propio interés y a su satisfacción personal, defendiendo la validez del divorcio. No obstante, dado que no se ha avanzado lo suficiente en el Perú en materia de causalidad para el divorcio, se sugiere la fórmula siguiente: “Nadie puede invocar hecho propio”. Con esta, el cónyuge que incurre en alguna(s) de las causales agraviantes no puede plantear judicialmente tal hecho para solicitar la disolución del vínculo, más bien, será esta potestad del consorte agraviado.
Referencias bibliográficas
Comisión Reformadora del Código Civil Peruano. (1923, 31 de octubre). Actas de las Sesiones de la Comisión Reformadora del Código Civil peruano, 2° fascículo, Sesión 52.
Comisión Reformadora del Código Civil Peruano. (1923, 31 de octubre). Actas de las Sesiones de la Comisión Reformadora del Código Civil peruano, 2° fascículo, Sesión 52. Informe de Leyes de Divorcio en los Países Americanos, Secretaria General, OEA.
Consejo de Ministros. (1975, 14 de febrero). Ley 1289. Código de Familia de Cuba.
Instituto Nacional de Estadística y UNICEF. (1978). El Niño en el Perú.
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